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| INTERROGATORIOS (1 de enero de 1933) ¿Cuál es el programa político que desarrollaría el doctor Sacasa durante los cuatro años de su administración? ¿Prescindirá absolutamente de intromisiones extrañas en las finanzas de Nicaragua? ¿Suprimirá la llamada Guardia Nacional, o qué piensa hacer de ella? ¿Tiene el doctor Sacasa pactos de alguna naturaleza suscritos con los interventores norteamericanos? Contestadas las preguntas anteriores, completamos los puntos de la primera base del convenio propuesto: A) Que por iniciativa del Ejecutivo, el Congreso Nacional de Nicaragua, decreta la creación de un nuevo Departamento en tierras baldías nacionales, comprendidas entre la zona del Chipote y la Costa Atlántica nicaragüense, con el nombre de "Luz y Verdad". Y con los límites departamentales siguientes... (sigue una descripción geográfica). Téngase presente que la creación de este Departamento, en ninguna forma implica prebendas para nuestro Ejército y mucho menos para el suscrito, y que el objetivo que se persigue, es el engrandecimiento general de la patria. B) Que por iniciativa del Ejecutivo, el Congreso Nacional de Nicaragua decrete: el mantenimiento íntegro en el nuevo Departamento "Luz y Verdad", de los elementos bélicos que el Ejército Defensor de la Soberanía Nacional de Nicaragua ha usado durante la guerra dignificadora de nuestro honor nacional. Que todas las autoridades civiles y militares del referido Departamento, sean nombradas dentro de los miembros que han integrado nuestro Ejército. Los elementos bélicos, que con sangre de patriotas hemos percibido, queremos que permanezcan en uso del gobierno del Departamento "Luz y Verdad" para la mayor garantía del orden en nuestra República... y porque en esa región permanecerá el suscrito y la mayor parte de los miembros que actualmente integran nuestro Ejército, y estaremos listos a repeler cualquier agresión que quisiera hacérsele al gobierno constituido de Nicaragua. C) Que por iniciativa del Ejecutivo, el Congreso Nacional de Nicaragua decrete extraer de los archivos nacionales e incendiar todos los documentos en que se califique de bandolerismo la actitud patriótica de nuestro Ejército; y solamente declarar legal la actitud que asumió el suscrito y su Ejército, el 4 de mayo de 1927, cuando el gobierno de los Estados Unidos tic Norteamérica, con orgullo impotente amenazó a los ejércitos nicaragüenses a desarmarles por la fuerza, si no se sometían ;i su despótico capricho. Este punto C, que trata de extraer de los archivos nacionales e incinerar los documentos que nos calumnian, y que el Congreso declare legal la actitud del suscrito y su Ejército, es cuestión de Dignidad Nacional, ya que por esa actitud, Nicaragua erguida, sigue siendo República Libre, Soberana e Independiente. Cuartel General del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional de Nicaragua, Las Segovias, Nic., C. A., enero lo. de 1933. Patria y Libertad, A. C. Sandino. |